Política y Realidades nacionales

¡Justicia!

Uno de los clamores del pueblo nicaragüense es el reclamo de justicia.

 Justicia por las muertes. Justicia por las torturas. Justicia por las persecuciones. Justicia por las desapariciones. Justicia por la destrucción y los incendios. Justicia por toda la cadena de abusos cometidos por las fuerzas represivas del régimen.

 A lo largo de nuestra historia menudearon dictadores. Pero francamente ningún episodio registra el salvajismo de Ortega y sus verdugos, en condiciones de paz. Hasta hace unas semanas se utilizaba con frecuencia la frase Ortega y Somoza, la misma cosa. A estas alturas, resulta claro que Ortega en menos de tres meses superó a los tres somozas juntos. Tal vez ahora la frase que correspondería es: Ortega y su esposa ¡Peor que Somoza!

 Como el momento de la justicia llegará, de forma inexorable, es importante poner en relieve prácticas del régimen que son verdaderas aberraciones.

 La primera es disparar a mansalva sobre población desarmada, sin provocación alguna. Consideren ustedes, que aún en caso de guerra, a nivel internacional existen regulaciones. Hablamos de guerra, donde el objetivo explícito es aniquilar al enemigo. Aún en estas circunstancias las regulaciones internacionales penalizan los abusos, con mucha mayor razón cuando no hay conflicto bélico sino una población desarmada frente a las bandas criminales del régimen. Hasta el código penal nicaragüense establece delitos en caso de guerra. En Nicaragua son delitos, por ejemplo, el ataque indiscriminado a la población civil, como ocurrió el día de las madres. Actos médicos dañinos, como la instrucción de no atender a los heridos en los hospitales públicos. Homicidios intencionales, como todos los muertos a manos de francotiradores o los jóvenes capturados y después asesinados. Utilizar símbolos de la cruz roja, como el caso de las ambulancias utilizadas para transportar paramilitares. Las detenciones ilegales, el incumplimiento del debido proceso. Todos estos son delitos que están establecidos para proteger derechos de enemigos en condiciones de guerra.

 Ortega y sus verdugos pisotean estos derechos al tratar como enemigos a los nicaragüenses, y en condiciones de paz.

 La siguiente aberración es la masacre de menores. Organizaciones de derechos humanos registran 25 muertes de niños y adolescentes. Con pavor los nicaragüenses conocimos la noticia del niño que murió con un balazo en la cabeza en un barrio de Managua. La madre y el padre no dudaron en responsabilizar a la policía. Una niña en Matagalpa también falleció de un balazo. O lo niños que murieron incinerados en barrio Carlos Marx. Asesinar menores evidencia una crueldad sin límites.

 La tercera aberración es la vocación por castigar a los opositores incendiando sus hogares. Por supuesto, el caso más brutal fue el incendio en el barrio Carlos Marx, donde se dio muerte atroz a tres generaciones de una familia. Pero no es el único caso. Ayer incendiaron tres casas en Masaya, de la familia Suazo. Milagrosamente no mataron a la familia entera residentes porque esa era la intención manifiesta de los asesinos. Estrujan el corazón las dramáticas declaraciones de Reynaldo Suazo, padre de Yobrank, dirigente juvenil masayés. Acabaron con el trabajo y sacrificio de toda una vida pues arrasaron con su taller de hamacas. También en Masaya, días atrás incendiaron el pequeño hotel de Cristian Fajardo, dirigente opositor de esa heroica ciudad y la casa de Chester Membreño. Antes lo habían hecho con la casa de Rachel Arvizú, en Villa Progreso. Recordemos que también incendiaron radio darío.

 Ni en los peores tiempos del somocismo se conoció que incendiaran casas de los opositores como acto de venganza.

 Pero la peor aberración es actuar como terrorista frente a su propio pueblo.

 Terrorismo es cualquier ataque que está dirigido especialmente a población civil indefensa, no importa quien la haga, si un gobierno, o una guerrilla o un grupo religioso o un grupo paramilitar. Si le objetivo es deliberadamente matar civiles con propósito de provocar terror en la población.

 En Nicaragua en el artículo 394 del código penal, también está tipificado el delito de terrorismo de la siguiente forma: Quien actuando al servicio o colaboración con bandas, organizaciones o grupos armados, utilizando explosivos, sustancias toxicas, armas, incendios… realice actos en contra de personas, bienes, servicios públicos y medios de transporte, como medio para producir alarma, temor o terror en la población, en un grupo o sector de ella. La pena es de quince a veinte años de prisión.

 Cuando el terrorismo lo ejercen los propios gobernantes hablamos de terrorismo de estado.

 En conclusión. Al calificarlos de mafia terrorista estamos utilizando una expresión correcta, conforme la legislación nacional e internacional.

 Y cuando hablamos de régimen genocida también utilizamos una calificación correcta, conforme la normativa internacional y nacional.

 Estemos claros. Estas expresiones no solamente tienen connotación política. Su principal connotación es de carácter jurídico. En consecuencia, el clamor del pueblo nicaragüense en demanda de justicia, es de justicia, frente al régimen terrorista de Ortega.

 ¡Justicia frente al régimen genocida de Ortega!

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