Por distintos lados se escuchan propuestas sobre posibles rutas de salida a la actual crisis del régimen de Ortega. Los voceros de la mafia gobernante repiten una y otra vez que deben respetarse la Constitución y las leyes. Para ellos, esto significa acatar la Constitución que Ortega impuso después del fraude electoral del 2011, la cual, entre otros aspectos contiene su permanencia en el gobierno hasta el 2021, la reelección presidencial indefinida, la permanencia en sus cargos de los titulares de los poderes del estado. Es decir, la continuidad de su régimen hasta el 2021.
Es evidente que la camarilla gobernante, para superar la crisis va a proponer concesiones marginales, con el respaldo de la Secretaría General de la OEA. Que todo parezca que cambie, para que al final nada cambie. Esta opción sería políticamente inviable pues solamente podría imponerse sobre un río de sangre.
Por su parte, quienes propugnan la salida de Ortega de manera anticipada, también proponen que dicha salida, para que sea pacífica, debe realizarse en el marco de la Constitución.
Estemos claros. La crisis es política y no jurídica, por lo tanto, por sentido común, la solución debe ser política. A esa solución perfectamente podría darse un cauce jurídico.
Es crucial que la población esté debidamente informada para que pueda tener una opinión sobre una base realista. Vamos a intentar explicar los aspectos legales pertinentes.
Comencemos por quienes plantean la renuncia de Ortega. ¿Qué plantea la Constitución frente a la falta definitiva de la persona que ejerza la presidencia? Conforme el artículo 149 lo sustituye quien ocupe la vicepresidencia. Para el caso de Nicaragua sería lo mismo.
¿Qué consigna la Constitución en caso de falta definitiva de Presidente y Vicepresidente? Establece que ocupará la presidencia el presidente de la Asamblea Nacional, en este caso Gustavo Porras, quien debe convocar en el lapso de 72 horas para elección del nuevo presidente, de entre los diputados de la Asamblea. Es decir, tendría que elegirse a un diputado de la actual Asamblea. Algo así como salir del fuego para caer en las brasas.
Para aclarar cualquier duda, vamos a leer el contenido del artículo 149 de la Constitución:
“Si faltaren definitivamente el Presidente y el Vicepresidente de la República, asumirá las funciones del primero, el presidente de la Asamblea Nacional o quien haga sus veces”.
Sigamos leyendo el artículo: “La Asamblea Nacional deberá nombrar a quienes deban sustituirlos, dentro de las primeras setenta y dos horas de haberse producido las vacantes. Los así nombrados ejercerán sus funciones por el resto del período».
En todos los casos mencionados, la Asamblea Nacional elegirá a los sustitutos de entre sus miembros”.
Esto es lo que dice la Constitución. Por consiguiente, si queremos salir del régimen no es suficiente con la renuncia de Ortega y de su esposa.
¿Cómo se podría elegir un gobierno provisional que ofrezca garantías de una transición democrática? La única alternativa es con una reforma constitucional que cambie el artículo que manda que el sustituto deba ser diputado.
¿Cómo se aprueba una reforma constitucional? Según la Constitución toda reforma debe aprobarse en dos legislaturas. Cada legislatura va del 9 de enero al 15 de diciembre de cada año. Por eso hay quienes afirman que una reforma constitucional solo entraría en vigencia el próximo año.
Sin embargo, mediante un acuerdo político puede posibilitarse que una reforma constitucional se apruebe este mismo año, con solo modificar el artículo 8 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional. Basta incorporar a dicho artículo una frase que diga que en el 2018 la primera legislatura termine, por ejemplo, el 15 de junio y la segunda legislatura comience el 16 de junio, y ya. Tenemos una reforma constitucional.
Así que es perfectamente posible, sin violar la constitución, instalar un gobierno provisional que tenga como responsabilidad conducir el proceso de transición a la democracia.
Que conste, esta es una explicación destinada a que nos aclaremos. No estoy presentando una opinión.
Por supuesto, insistimos, salida jurídica hay, pero la crisis es política, por consiguiente, la solución es de carácter político. Y, dado que la camarilla gobernante jamás accederá a dejar el poder con pellizcos, es imperativo redoblar la presión popular para posibilitar una salida pacífica.
Pero queda pendiente otro punto ¿podría gobernar el gobierno provisional, si se mantiene la misma Asamblea Nacional, la misma Corte Suprema de Justicia, la misma Contraloría, la misma Fiscalía General de la República? Sería imposible. No lo dejarían gobernar. Por consiguiente, no basta con un gobierno provisional.
La única manera para gobernar y rescatar un estado de derecho, es que la soberanía popular, se exprese en elecciones limpias e inclusivas. Una de las opciones más contundentes es la convocatoria a elecciones de una Asamblea Constituyente. Pero como este es otro asunto que debemos explicar con claridad, lo dejamos un próximo artículo.
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