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¿Es genocida el régimen de Ortega?

El Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Pablo Abrao, reveló que, durante las protestas realizadas en Venezuela, entre abril y julio del 2017, se registraron 112 víctimas mortales, como resultado de la represión del gobierno de Nicolás Maduro. Por otro lado, de acuerdo al informe oficial de la misma organización, presentado el viernes pasado al Consejo Permanente de la OEA, en Nicaragua se registraron 212 víctimas de la represión del gobierno de Daniel Ortega, entre el 19 de abril y el 19 de junio.

Si consideramos que la población de Venezuela es cinco veces mayor que la población de Nicaragua, la conclusión obvia es que el régimen de Ortega es más criminal que el gobierno de Maduro.

El informe de la CIDH consigna en sus conclusiones el siguiente párrafo:

“La Comisión concluye que el Estado de Nicaragua violó los derechos a la vida, integridad personal, salud, libertad personal, reunión, libertad de expresión y acceso a la justicia”. Es tan contundente esta conclusión que vale la pena repetirla: “La Comisión concluye que el Estado de Nicaragua violó los derechos a la vida, integridad personal, salud, libertad personal, reunión, libertad de expresión y acceso a la justicia”

La segunda parte de este párrafo del informe dice lo siguiente: “Es de especial preocupación para la Comisión los asesinatos, ejecuciones extrajudiciales, malos tratos, posibles actos de tortura y detenciones arbitrarias cometidos en contra de la población mayoritariamente joven del país”.

Volvamos ahora al caso de Venezuela, ya vamos a ver por qué. En semanas recientes, la Secretaría General de la OEA y un panel de expertos internacionales presentaron un informe sobre la comisión de delitos de lesa humanidad en ese país. La conclusión fundamental de ese informe es la siguiente: “existe fundamento suficiente para considerar que los actos a los que se ha visto sometida la población civil de Venezuela, constituyen crímenes de lesa humanidad…incluyendo los crímenes de asesinato, encarcelación, tortura, violación y otras formas de violencia sexual, persecución y desapariciones forzadas, descritos ampliamente en este informe”.

Como consecuencia de esta conclusión el informe recomienda que la evidencia recopilada se remita a la Oficina de la Fiscal de la Corte Penal Internacional, ya que hay bases para proceder a iniciar un procedimiento legal en la Corte Penal Internacional.

¿Por qué anotamos estos antecedentes?

Por una simple razón. Si en el caso de Venezuela la dimensión de la represión configura delitos de lesa humanidad y justifica que el caso se trate en el marco de la Corte Penal Internacional, con mucha mayor razón, en el caso de Nicaragua son delitos de lesa humanidad los crímenes cometidos por el grupo terrorista en el poder, toda vez que son más graves que los cometidos en Venezuela.

En definitiva, el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre la situación de Nicaragua, que es una entidad internacional debidamente acreditada y reconocida, coloca sobre la mesa el tema de los delitos de lesa humanidad.

Recordemos que los delitos de lesa humanidad son aquellos tan odiosos, que provocan repulsa del género humano.

El estatuto de Roma, que es el fundamento legal de la Corte Penal Internacional, incluye entre los delitos de lesa humanidad, el asesinato, la desaparición forzosa de personas, las torturas y tratos infamantes. Es decir, los mismos que la CIDH consigna en su informe. Y aunque el Estado de Nicaragua no es suscriptor del Estatuto de Roma, esa normativa constituye una importante referencia en la materia.

¿Qué dice al respecto el código penal vigente en Nicaragua?

En nuestro país, la ley penal establece toda una categoría de delitos bajo la denominación “Delitos contra el orden internacional”. Entre esos delitos se incluye el genocidio y, como delitos de lesa humanidad, la tortura, las desapariciones forzadas, los asesinatos.

En otras palabras, de acuerdo a la legislación internacional y también conforme a la legislación nacional, Ortega y sus secuaces son responsables de delitos de lesa humanidad.

Pero todavía más. Al examinar la definición de genocidio, tanto en el Estatuto de Roma como en el código penal, podemos concluir que los crímenes perpetrados por Ortega y sus secuaces configuran también el delito de genocidio.

¿Qué es genocidio? Cometen genocidio quienes atentan contra la vida, la integridad física y la libertad de un grupo humano por razones étnicas, religiosas o de ideología política.

Con esta explicación hemos querido dejar claro que existen fundamentos legales, a nivel nacional e internacional, para enjuiciar a la mafia en el poder por delitos de lesa humanidad, más tarde o más temprano.

Y existen bases legales para calificar de genocida, al régimen de Ortega. Sencillo pero trágico: con todo fundamento podemos hablar del régimen genocida de Ortega.

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